Estudiantes Internos

PROCEDIMIENTO REGULADOR DE SELECCIÓN Y RENOVACIÓN DE ESTUDIANTES INTERNOS


De conformidad con lo establecido en el Título V del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 3/CU 19-03-09), sobre Estudiantes Internos, los criterios de selección y renovación de los mismos se ajustarán a las siguientes bases:

1.- Objeto: El fin de la convocatoria de plazas de estudiantes internos es el de mejorar su formación y prestar colaboración en tareas académicas en el seno del Departamento.

2.- Ámbito de aplicación: Podrán participar en las convocatorias los estudiantes matriculados en titulaciones oficiales de la Universidad de Sevilla en las que haya materias o asignaturas impartidas por el Departamento de Física Atómica, Molecular y Nuclear, y que cumplan los siguientes requisitos:

a) En el caso de estudiantes de Grado, deben haber aprobado, al menos, todas las asignaturas de los dos primeros cursos de su titulación o, en su defecto, haber superado al menos el 75% de los créditos de la titulación. Además, deben estar matriculados en el curso académico vigente de, al menos, una asignatura impartida por este Departamento, o bien haberla superado en cursos previos.


b) En el caso de estudiantes de Máster, deben estar matriculados en el curso académico vigente de, al menos, una asignatura impartida por este Departamento, o bien haberla superado en cursos previos.


3.- Solicitud: Los interesados deberán presentar una solicitud dirigida al Director del Departamento de Física Atómica, Molecular y Nuclear, según modelo (Anexo), acompañada de una certificación de notas de las asignaturas cursadas hasta la fecha. Dicha solicitud debe ir refrendada por un profesor de este Departamento que actuaría como tutor del alumno.


4.- Número de plazas: El número de plazas a ofertar en cada curso académico, será decidido en Consejo de Departamento. Un profesor de este Departamento puede actuar como tutor de un máximo de dos estudiantes internos de Grado y de uno de Máster por curso académico.


5.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán en la Secretaría del Departamento en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios, físico y/o virtual, del Departamento. En todo caso, tanto la convocatoria como su resolución se realizarán dentro del periodo establecido por el Reglamento General de Estudiantes. La convocatoria se comunicará a la Secretaría de los Centros en los que este Departamento imparta docencia.


6.- Selección: Si el Director del Departamento lo considerara necesario, o el número de plazas ofertadas fuera inferior a la demanda, se efectuará un proceso de selección. Dicho proceso constará de dos fases. En la primera se valorará el expediente académico. La segunda consistirá en la realización de una entrevista. Todo ello ajustado a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. La Comisión de Investigación del Departamento será la responsable de dicha selección.


7.- Resolución: Antes del 15 de diciembre de cada año, se publicará en el tablón de anuncios del Departamento la relación de estudiantes seleccionados. Contra la misma se podrá efectuar reclamación, en los términos y plazos previstos en la legislación vigente.


8.- Nombramientos: Los nombramientos tendrán una duración de un curso académico y se informará de ello a las Secretarías de los Centros donde los estudiantes internos estén matriculados para que se puedan incorporar a sus expedientes académicos. Antes de la finalización de dicho curso el alumno deberá presentar un informe detallado de la actividad realizada. Dicho informe debe ser avalado por el tutor. Si dicho informe no se presentase, o existiese un informe negativo del tutor, esta información se trasladará a las Secretarías de los Centros para que se pueda incorporar a sus expedientes académicos.

PROCEDIMIENTO REGULADOR DE SELECCIÓN Y RENOVACIÓN DE ESTUDIANTES INTERNOS


De conformidad con lo establecido en el Título V del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 3/CU 19-03-09), sobre Estudiantes Internos, los criterios de selección y renovación de los mismos se ajustarán a las siguientes bases:

1.- Objeto: El fin de la convocatoria de plazas de estudiantes internos es el de mejorar su formación y prestar colaboración en tareas académicas en el seno del Departamento.

2.- Ámbito de aplicación: Podrán participar en las convocatorias los estudiantes matriculados en titulaciones oficiales de la Universidad de Sevilla en las que haya materias o asignaturas impartidas por el Departamento de Física Atómica, Molecular y Nuclear, y que cumplan los siguientes requisitos:

a) En el caso de estudiantes de Grado, deben haber aprobado, al menos, todas las asignaturas de los dos primeros cursos de su titulación o, en su defecto, haber superado al menos el 75% de los créditos de la titulación. Además, deben estar matriculados en el curso académico vigente de, al menos, una asignatura impartida por este Departamento, o bien haberla superado en cursos previos.


b) En el caso de estudiantes de Máster, deben estar matriculados en el curso académico vigente de, al menos, una asignatura impartida por este Departamento, o bien haberla superado en cursos previos.


3.- Solicitud: Los interesados deberán presentar una solicitud dirigida al Director del Departamento de Física Atómica, Molecular y Nuclear, según modelo (Anexo), acompañada de una certificación de notas de las asignaturas cursadas hasta la fecha. Dicha solicitud debe ir refrendada por un profesor de este Departamento que actuaría como tutor del alumno.


4.- Número de plazas: El número de plazas a ofertar en cada curso académico, será decidido en Consejo de Departamento. Un profesor de este Departamento puede actuar como tutor de un máximo de dos estudiantes internos de Grado y de uno de Máster por curso académico.


5.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán en la Secretaría del Departamento en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios, físico y/o virtual, del Departamento. En todo caso, tanto la convocatoria como su resolución se realizarán dentro del periodo establecido por el Reglamento General de Estudiantes. La convocatoria se comunicará a la Secretaría de los Centros en los que este Departamento imparta docencia.


6.- Selección: Si el Director del Departamento lo considerara necesario, o el número de plazas ofertadas fuera inferior a la demanda, se efectuará un proceso de selección. Dicho proceso constará de dos fases. En la primera se valorará el expediente académico. La segunda consistirá en la realización de una entrevista. Todo ello ajustado a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. La Comisión de Investigación del Departamento será la responsable de dicha selección.


7.- Resolución: Antes del 15 de diciembre de cada año, se publicará en el tablón de anuncios del Departamento la relación de estudiantes seleccionados. Contra la misma se podrá efectuar reclamación, en los términos y plazos previstos en la legislación vigente.


8.- Nombramientos: Los nombramientos tendrán una duración de un curso académico y se informará de ello a las Secretarías de los Centros donde los estudiantes internos estén matriculados para que se puedan incorporar a sus expedientes académicos. Antes de la finalización de dicho curso el alumno deberá presentar un informe detallado de la actividad realizada. Dicho informe debe ser avalado por el tutor. Si dicho informe no se presentase, o existiese un informe negativo del tutor, esta información se trasladará a las Secretarías de los Centros para que se pueda incorporar a sus expedientes académicos.